Quizás la parte más importante del proceso diseñado para revertir la prohibición de su visado es cuando el Ciudadano Calificado, que sería su cónyuge o prometido, tiene que alegar que el hecho de que no se le permita entrar en el país le causaría “dificultades extremas”. Cuando se presenta un caso de extrema dificultad, se hace por escrito y requiere lógica, pruebas y documentación adecuada.
En este artículo, voy a revisar algunas de las circunstancias de extrema dificultad más persuasivas que pueden aplicarse a la situación de su pareja. En mi práctica como abogado de inmigración, he encontrado que para tener éxito en el establecimiento y la prueba de las dificultades extremas que un peticionario debe ser honesto y persuasivo. Si usted es la pareja que posee una visa, este artículo está dirigido específicamente a usted.
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EJEMPLOS DE DIFICULTADES EXTREMAS
Las dificultades extremas están relacionadas directamente con su vida y al crear este documento está dando circunstancias de la vida real que puede corroborar en las que su vida se verá afectada negativamente de manera importante. Aquí hay cinco áreas que se pueden utilizar en su reclamación de que la separación causada por la denegación del visado de su cónyuge o prometido causará dificultades extremas o su renuncia a la separación y la residencia en el país de su pareja comprometerá en gran medida su vida.
PROBLEMAS MÉDICOS Y DE SALUD
- ¿Está sometido a un tratamiento médico que se verá afectado por el hecho de tener que vivir en otro país?
- ¿Hay tratamientos especiales?
- ¿El clima, la cultura o las condiciones de vida van a causar problemas?
- ¿Cuál es la duración del tratamiento, es continuo o a largo plazo, y podría empeorar la condición por vivir en un país extranjero?
CONSIDERACIONES ECONÓMICAS
- ¿Posees una casa o un negocio que se perderá o se verá afectado por vivir en otro país?
- ¿Puede encontrar empleo en el país de su cónyuge?
- Si tiene que vivir en otro país, ¿implicará una formación adicional, afectará a su nivel de vida y supondrá costes adicionales?
- ¿Tiene familiares mayores en Estados Unidos que requieran su presencia o el hecho de estar lejos le supondrá una carga económica a usted o a ellos?
OPORTUNIDADES EDUCATIVAS
- ¿Tendrá usted menos o un menor nivel de educación y formación en el país de su cónyuge?
- ¿Está usted actualmente inscrito en un programa educativo en EE.UU. que será interrumpido o comprometido?
- ¿Tendrá que aprender un nuevo idioma para continuar su proceso de aprendizaje?
ASUNTOS PERSONALES
- Si usted vive en Estados Unidos y su pareja se queda en su país, ¿cómo afectará eso a la vida familiar, especialmente a la de sus hijos?
- Si se queda en el país de su cónyuge, ¿cómo afectará ese cambio a los hijos o a los familiares cercanos?
FACTORES ESPECIALES
- ¿Tienes problemas culturales, religiosos y étnicos específicos y reales, o temes la persecución, el acoso, los daños físicos o las lesiones?
- ¿Podrían usted y su familia enfrentarse a la exclusión social o al estigma? ¿Se os prohibirá a ti y a tu familia el acceso a instituciones sociales, lugares públicos o servicios?
Además, debe explicar cualquier otro asunto o circunstancia que le cause dificultades excesivas. Las peticiones que incluyen una gran cantidad de pruebas legítimas y detalladas son las más convincentes. Incluir cartas de profesionales o expertos, información específica sobre cada situación y cualquier otra documentación reforzará su caso. La información como las estadísticas y las tendencias reportadas por fuentes del gobierno de los Estados Unidos son especialmente convincentes.
CÓMO PRESENTAR SU CASO
Con tanto en juego, su capacidad para presentar un argumento convincente es esencial. Un abogado experto en inmigración puede ayudarle a guiarle a través de este proceso. Por favor, póngase en contacto con Ranchod Law Group en California, si usted tiene alguna pregunta sobre las dificultades extremas y el proceso de exención I601.
Representamos a clientes en los Estados Unidos y en las embajadas de todo el mundo. Para programar una consulta contáctenos al 916-220-3137 o en info@ranchodlaw.com.